Los gastos de suministros por el trabajo ocasional en la vivienda debido a la crisis sanitaria del Covid-19 no son deducibles de la actividad económica.
Un autónomo, que desarrolla su actividad profesional en un despacho de manera habitual, determinando el rendimiento de su actividad económica en estimación directa, se ve obligado a trabajar en su vivienda habitual debido a la situación derivada del Covid-19, por lo que hace un uso profesional de algunos suministros (luz, internet, etc.), con el consiguiente aumento del gasto habitual de los mismos, planteándose la deducibilidad de tales gastos en su actividad económica. Leer más