El Gobierno prepara una reforma de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, LGT) de amplio calado:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Contrato o pacto sucesorio El proyecto modifica la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF), con la finalidad de que el adquirente de un bien a través de un contrato o pacto sucesorio se subrogue en el valor y fecha de adquisición que tenía en el causante, siempre que el mismo se transmita antes del fallecimiento. En definitiva, se impide una actualización de los valores y fechas de adquisición del elemento adquirido, toda vez que el transmitente no tributa en el IRPF, ya que se trata de modalidades de sucesión mortis causa, estando exenta la denominada “plusvalía del muerto”.
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